Introducción
¡Hola a todos! Soy Marino Aparicio, y en este blog quiero platicarles sobre una reforma
muy importante que impactará las pensiones de bienestar para los pensionados del ISSSTE.
Ya saben que en este espacio nos enfocamos principalmente en las pensiones del ISSSTE,
así que analizaremos a detalle esta reforma y su impacto.
Contexto de la Reforma
El primero de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que
crea el Fondo de Pensiones del Bienestar. Este fondo se constituye con varios recursos y su
objetivo es complementar el pago de las pensiones. Sin embargo, es crucial entender a
quién beneficia esta reforma y cómo se aplica.
Beneficiarios de la Reforma
Es importante aclarar que esta reforma no beneficiará a todos los pensionados. Aquí
algunos puntos clave:
1. Pensionados con Anterior Ley o Artículo Décimo Transitorio: Si usted ya recibe
una pensión bajo la ley anterior o el artículo décimo transitorio del ISSSTE, esta
reforma no le ayudará a aumentar su pensión actual.
2. Trabajadores que Cotizan con Artículo Décimo Transitorio: Si usted cotiza bajo
este régimen, no será beneficiario de esta reforma, ya que su pensión será mayor
que la de aquellos en cuentas individuales.
3. Pensionados en Cuentas Individuales Antes del 30 de Abril de 2024: Si su
pensión fue adquirida antes de esta fecha, no podrá acceder a los beneficios del
complemento de pago.
¿Quiénes se Beneficiarán?
La reforma está dirigida a:
1. Pensionados en Cuentas Individuales desde el 1 de Mayo de 2024: Aquellos que
se pensionen bajo este esquema a partir de esta fecha.
2. Trabajadores en Régimen de Cuentas Individuales: Quienes se vayan a
pensionar en el futuro bajo este esquema.Para obtener el beneficio del complemento de pago, primero debe obtener su pensión con el
ISSSTE. Para ello, debe cumplir con dos requisitos: tener al menos 60 años de edad y haber
cotizado al menos 25 años con el ISSSTE.
Detalles Importantes
1. Edad Mínima: Aunque puede pensionarse con 60 años, para acceder al
complemento de pensión del bienestar, necesitará tener 65 años.
2. Complemento Intransferible: Este complemento no se transferirá a sus
beneficiarios en caso de fallecimiento.
3. Sujeto a Recursos Disponibles: El complemento se pagará solo si el fondo de
pensiones tiene los recursos necesarios.
Ejemplos Prácticos
Para entender mejor, consideremos dos ejemplos:
1. Trabajador con Sueldo de $10,000: Si su pensión calculada es de $3,500, el fondo
de pensiones complementará con $6,500 para llegar a los $10,000 que recibía como
sueldo tabular.
2. Trabajador con Sueldo de $40,000: Si su pensión es de $10,000, el complemento
cubrirá hasta $16,777.68, el tope máximo anual.
Conclusión
La reforma ofrece beneficios significativos para ciertos grupos de pensionados. Sin
embargo, si usted está bajo la anterior ley o artículo décimo transitorio, o si su pensión se
adquirió antes del 30 de abril de 2024, no será beneficiario.
Para más detalles o asesoría específica, puede contactarnos en nuestras oficinas en Pachuca,
Ciudad de México, Monterrey o Guadalajara. Estaremos encantados de ayudarle a entender
y aprovechar al máximo sus derechos pensionarios.
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